C/ Aragón, 141-143, 1º 1ª, 08015 Barcelona, Telf. 93 453 89 83, Fax: 93 451 17 98, E-mail: proteccion@apdatos.com

Clasificación de Datos

El Reglamento de medidas de seguridad establece que los datos de carácter personal recogidos y tratados en ficheros, informatizados o manuales, pueden clasificarse en tres niveles: Básico, Medio y Alto, ateniendo a la mayor o menor necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

Estos son los datos que corresponden en cada uno de estos tres niveles, de acuerdo con las definiciones especificadas en el propio Reglamento:

Nivel Básico

Todos los ficheros que contengan datos de carácter personal deberán adoptar las medidas de seguridad calificadas como de nivel básico.

Nivel Medio

Los ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, Servicios Financieros y aquellos ficheros cuyo funcionamiento se rija por el artículo 28 de la Ley Orgánica 5/1992, deberán reunir, además de las medidas de nivel básico, las calificadas como de nivel medio.

Nivel Alto

Los ficheros que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual así como los que contengan datos recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas deberán reunir además de las medidas de nivel básico y medio, las calificadas como de nivel Alto.

facebook